En virtud del artículo 149.3 de la CE “Las materias no atribuidas expresamente al Estado por esta Constitución podrán corresponder a las Comunidades Autónomas, en virtud de sus respectivos Estatutos”, las Comunidades Autónomas han asumido competencias en materia de educación.
Esta nueva problemática relacionada con el acoso a profesores ha obligado a las Comunidades Autónomas a dictar distintas disposiciones sobre la materia. En este sentido, hay que citar las siguientes:
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